Los verificadores de hechos exigen que YouTube censure más contenido y aumente la “información creíble”

Por Cindy Harper | Recuperar la red

Visto en: Infowars

A pesar de que la censura de Big Tech está en su punto más alto, en GlobalFact 9, una conferencia de verificación de datos organizada por la Red Internacional de Verificación de Datos (IFCN), YouTube fue criticado por no abordar la “información errónea y desinformación”.

IFCN había publicado previamente una carta abierta a YouTube, pidiéndole a la plataforma que hiciera más para abordar la difusión de información errónea.

“Como red internacional de organizaciones de verificación de hechos, monitoreamos cómo se propagan las mentiras en línea, y todos los días vemos que YouTube es uno de los principales conductos de desinformación en línea y desinformación en todo el mundo. Esta es una preocupación importante entre nuestra comunidad global de verificación de hechos”, escribió la IFCN en la carta firmada por más de 100 organizaciones de verificación de hechos.

Durante la conferencia de verificación de hechos, varias organizaciones de verificación de hechos expresaron sentimientos similares.

“YouTube no parece generar información precisa y creíble en sus algoritmos. Hemos tenido mucha experiencia con YouTube haciendo videos de contenido de verificación de hechos. No parece funcionar muy bien”, dijo Angie Drobnic Holan, editora en jefe de PolitiFact. “Creo que la mayoría de las organizaciones de noticias están extremadamente frustradas con su plataforma”.

YouTube argumentó que abordó la desinformación al elevar las “fuentes autorizadas”.

“Todo el trabajo que estamos haciendo para aumentar el contenido autorizado, navegarlo en el contexto de los diversos sistemas de recomendación es una gran prioridad para nosotros, y es algo en lo que continuamos invirtiendo”, dijo Brandon Feldman, un representante de YouTube,  a Poynter.

“Espero que pueda llevar ese mensaje a toda su empresa y compartirlo en los niveles más altos. Porque enviar a un representante a una conferencia de verificación de hechos para hablar bien no es suficiente”, dijo Holan.

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  1. Artículo 20 de la Constitución Española:

    1. Se reconocen y protegen los derechos:

    a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

    b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

    c) A la libertad de cátedra.

    d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

    2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

    3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.

    4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.

    5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

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