La corte italiana dictamina que el mandato de la vacuna contra el Covid es inconstitucional y cita “efectos secundarios fatales”

Por LifeSiteNews

El tribunal concluyó que la política de vacunación obligatoria no ofrece “evidencia ni certeza de un beneficio para la salud individual o colectivo que sea mayor que el daño potencial a [la salud de] las personas”.

Un tribunal italiano dictaminó que la política de vacunación obligatoria contra el COVID de Italia es inconstitucional.

El Tribunal de Justicia Administrativa de Sicilia emitió su fallo el 23 de marzo, desafiando al tribunal constitucional de Italia sobre la legitimidad de un mandato de vacunación impuesto en el país desde octubre de 2021 que requiere que la mayoría de los empleados muestren prueba de vacunación contra COVID-19 para acceder a su lugar de trabajo.

El tribunal citó “eventos adversos”, una “falta de consentimiento informado”, una “falta de farmacovigilancia” y una “falta de triaje previo a la vacunación” como “problemas críticos” que hacen que el mandato sea inconstitucional.

El abogado italiano Marco Mori comentó sobre el fallo innovador en un video publicado en Rumble la semana pasada.

La sentencia se dictó luego de una apelación de un enfermero en prácticas de tercer año de la carrera de enfermería a quien se le negó el acceso a la Universidad de Palermo y no pudo continuar su curso por no haber sido vacunado.

El tribunal aceptó los argumentos de los abogados Vincenzo Sparti y Roberto De Petro en defensa de la enfermera.

En la apelación, los dos abogados incluyeron una serie de informes de investigación de la Agencia Italiana de Medicamentos (AIFA) sobre varias vacunas que mostraron una mayor proporción de eventos adversos para las vacunas COVID por dosis administrada que cualquier otra vacuna.

Estos incluyeron eventos adversos graves y fatales.

A pesar de la mayor cantidad y proporción de eventos adversos, el tribunal argumentó que “el criterio establecido por la Corte Constitucional para hacer cumplir los tratamientos médicos obligatorios probablemente no incluya una evaluación cuantitativa”, lo que significa que la cantidad de eventos adversos no debería, según al tribunal siciliano, determinar la constitucionalidad del mandato.

“Se excluirá la legalidad de una vacunación obligatoria, si utiliza productos cuyos efectos sobre la salud de los pacientes vacunados excedan el umbral de tolerabilidad normal, que no puede incluir el riesgo de efectos adversos graves o fatales, incluso si estos son una pequeña porción en relación con la población vacunada”, dijo el tribunal.

Según el fallo de la corte, la posibilidad de efectos secundarios graves o incluso fatales automáticamente convierte el mandato en inconstitucional.

Además, el tribunal señaló una serie de otros problemas relacionados con la vacunación obligatoria en Italia, incluida la falta de farmacovigilancia activa, la falta de selección previa a la vacunación y de consentimiento informado, y el hecho de que quienes se niegan a vacunarse a menudo no pueden trabajar o se ven obstaculizados en su formación.

Citando datos recientes que muestran la ineficacia de las vacunas contra el COVID, particularmente frente a nuevas variantes, el tribunal concluyó que la política de vacunación obligatoria no ofrece “evidencia ni certeza de un beneficio para la salud individual o colectivo que sería mayor que el daño potencial a [la salud de] las personas, sino que, por el contrario, “parece haber una falta de equilibrio adecuado entre importantes valores constitucionales, como la protección de la salud por un lado y la capacidad de trabajar y estudiar por el otro”.

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