Aprovechando el debate por la aprobación del trigo transgénico HB4, representantes de las empresas biotecnológicas y algunos funcionarios del gobierno nacional se manifestaron públicamente a favor de avanzar con la modificación de la Ley de semillas. Si bien no hay ningún proyecto concreto que hoy se esté discutiendo, resulta oportuno reflexionar acerca de las implicancias que este debate tiene para la soberanía alimentaria y los derechos de las y los agricultores sobre las semillas.

La importancia de las semillas

Las semillas constituyen el reservorio de la vida, al transmitir los caracteres que darán continuidad a la especie. Al mismo tiempo, interrelacionan aspectos biológicos, sociales, identitarios, culturales, espirituales y económicos. Históricamente fueron consideradas bienes comunes por las y los agricultores, ya que las mejoraron y las compartieron manteniendo el control de las mismas, lo que condujo a una gran diversidad.

A diferencia de otros insumos agrícolas, la semilla es un organismo vivo que puede reproducirse, y es por esto que ha sido difícil transformarla en una mercancía. Sin embargo, el capital buscó siempre estrategias diversas para sortear las barreras que suponen una producción asentada sobre procesos biológicos.

Primero, con la aparición de las semillas híbridas (N. del E.: semillas producto del entrecruzamiento de especies diferentes para mejorar sus rendimientos pero que no pueden reproducirse), masificadas en el marco de la Revolución Verde, que rompieron la identidad semilla-grano y, por lo tanto, significaron la separación de las y los agricultores de su capacidad de replantar y el comienzo de la dependencia de las empresas que proveen los insumos. En Argentina, estas variedades siguen siendo muy utilizadas, sobre todo para la producción hortícola.

Luego, con el desarrollo de las semillas transgénicas, que significaron grandes cambios en el uso y la reproducción de semillas, habilitando nuevos mecanismos de acumulación y generando profundas consecuencias sociales y ambientales, como resultado del modelo de los agronegocios. Argentina las adoptó tempranamente, con la liberalización en 1996 de la soja Roundup Ready, resistente al glifosato. Durante los años siguientes, el modelo continuó su profundización. Todos los gobiernos, más allá de su signo político, impulsaron con entusiasmo los cultivos transgénicos, creando un modelo hegemónico basado en la agricultura biotecnológica. Al día de hoy, el país tiene 65 eventos transgénicos aprobados, sobre todo de soja, maíz y algodón. Y el recientemente aprobado trigo HB4, con tolerancia a la sequía y al glufosinato de amonio.

Las semillas se volvieron un punto de interés estratégico en el desarrollo de la agricultura global. Son el primer eslabón de la mayoría de las cadenas agroalimentarias. Quien controla las semillas, controla la cadena productiva y, por lo tanto, la disponibilidad de alimentos. Actualmente, el mercado mundial de semillas es uno de los más concentrados. El 60% está en manos de tres empresas transnacionales: Bayer-Monsanto, Corteva (fusión de Dow y Dupont) y ChemChina-Syngenta.

Pero las semillas son también la base de la biodiversidad, y ésta se ha convertido en una riqueza estratégica a explotar y controlar. La preponderancia de la biotecnología y la posibilidad de manipular la información genética ha tornado al acervo genético de diversidad del planeta en uno de los elementos más codiciados por los laboratorios científicos. Las “tecnologías de la vida”, desarrolladas en los países del Norte, requieren del oro verde concentrado en los países del Sur.

¿Qué son las leyes de semillas?

Las leyes de semillas se implementaron en la mayoría de los países en los años sesenta, en el contexto de la Revolución Verde. Son reglamentaciones en torno a la regulación de la certificación, fiscalización y comercialización de semillas, es decir, qué materiales pueden venderse en el mercado y bajo qué condiciones. Según explica Ana Felicien, investigadora en agroecología y soberanía alimentaria en Venezuela, integrante del plan Pueblo a Pueblo y la Campaña Venezuela Libre de Transgénicos, “se crearon bajo el discurso de asegurar la calidad y la confianza a partir de reglas claras pero, en el fondo, su aparición tiene una importancia central para entender los procesos de mercantilización”. Así, bajo la aplicación estricta de estas leyes, que obligan a las y los agricultores a utilizar solo semillas certificadas, los métodos de selección previos a las sanciones de estas legislaciones comenzaron a ser ilegales.

Otra de las consecuencias fue la constitución de los sistemas formales de semillas, que se caracterizan por tener una organización vertical de la producción y distribución de las mismas. Para Felicien, “son los circuitos de semillas producidas ya no como parte de ecosistemas diversos, sino sólo como elementos de procesos agroindustriales que tienen, como eslabón central, a los centros de investigación tanto públicos como privados, y que desarrollan un conjunto de variedades en función de los intereses de las empresas”. Las y los agricultores pasaron de ser productores, reproductores y mejoradores de semillas, a ser simples usuarios. Y las semillas, “pasaron de ser elementos vivos, producto de la interacción sociedad-naturaleza, a ser consideradas meras innovaciones tecnológicas. Esto no es otra cosa que la cosificación de los bienes comunes”, agregó la investigadora.

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Argentina tuvo una lógica de apropiación de semillas muy precoz y posee un sistema formal muy desarrollado. Fue pionera en América Latina, con la sanción en 1935 de la Ley de Granos y Elevadores N° 12.253 y, en 1973, de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas, aún vigente. La legislación abarca la producción, certificación y comercialización de semillas. Pero también establece una forma de propiedad intelectual sobre variedades vegetales denominada “Derechos de Obtentor (DOV)”, que refieren al derecho que se le otorga a quien desarrolla alguna “mejora” a una semilla, para explotarla en exclusividad. Son válidos para todo tipo de semillas, a diferencia de las patentes, que son solo para las semillas transgénicas, en tanto protege la modificación genética. Para Felicien, “aunque jurídicamente ambos sistemas de propiedad intelectual son diferentes, protegen los conocimientos que, según su lógica, son patrimonio de los fitomejoradores, y son la base para el desarrollo de las semillas como una innovación tecnológica. Ambos comprenden a las semillas como un bien privado, y por lo tanto, apropiable”.

Asimismo, la Ley de semillas reconoce, en su artículo 27, que “no lesiona ese derecho quien reserva y siembra  semilla  para  uso  propio”. Esta  concepción  del  uso  propio entendido como un “derecho de los agricultores” se enmarca en tratados internacionales, de los que Argentina es signataria, como la Unión para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) en su versión de 1978 y el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la alimentación y la agricultura (TIRFAA), conocido como Tratado de Semillas.

En los últimos años, en muchos países de la región las leyes de semillas y legislaciones de propiedad intelectual fueron modificadas (y muchas están aún en proceso de discusión) para adecuarlas a las nuevas directrices del comercio mundial de semillas, que busca entregar a un puñado de empresas el control de toda la cadena de la agricultura y la alimentación. “Estos procesos implementados en nuestra región, que es una de las más biodiversas del planeta y, al mismo tiempo, la que tiene mayor superficie con semillas transgénicas cultivadas, nos habla mucho de cómo se ha venido intensificando la apropiación de las semillas, la erosión de la agrobiodiversidad y la profundización de la región como exportadora de commodities”, explicó Felicien.

Argentina no es la excepción. Desde comienzos de este milenio existen intentos sistemáticos por modificar la Ley de Semillas. A finales de 2019, un dictamen para su modificación que había sido aprobado por el gobierno de Mauricio Macri pero sin el apoyo de ningún otro sector, perdió estado parlamentario. Al día de la fecha, la Ley de semillas vigente sigue siendo la de 1973 y el debate continúa abierto.

Todos los intentos por modificar la ley tuvieron como objetivo principal cercenar la práctica de las y los productores agrarios de guardar, conservar, intercambiar y reproducir sus propias semillas. Desde los comienzos de la agricultura se proveían a sí mismos de las semillas para el año siguiente, práctica que fue luego reconfigurada en los términos de “derechos de los agricultores”. Pero las empresas comprendieron que podrían ganar mucho más dinero si además de cobrar por la compra de las semillas, lo hacen por la resiembra de las mismas; es decir, si cobran “regalías extendidas”.

Así, todos los intentos de modificación apuntan a reglamentar y restringir el “uso propio”, remarcando que sólo podrán hacer uso de este derecho los denominados “agricultores exceptuados”. Se trata de una concepción que entiende que el “uso propio” debe dejar de ser libre y gratuito, un “derecho de los agricultores”, para pasar a ser una mera “excepción” que tienen otros: los obtentores. Esto implica un cambio radical en la forma en la que se concibe la agricultura.

Según el informe del Observatorio Universitario de Buenos Aires (OUBA) “Sembrar vientos. Soberanía alimentaria y patentes en debate parlamentario”, publicado en octubre de 2019, la discusión “se desarrolla en medio del referido contexto internacional de fuerte concentración de poderosas empresas y un universo de agricultores nacionales que no se constituye precisamente como un grupo homogéneo y fuertemente capitalizado, como a veces tiende a creerse”. De esta manera, destaca que “el actual estado de la industria semillera local e internacional deberían ser parte del marco de discusión parlamentaria; sin embargo, se soslaya esto en el tratamiento propuesto”.

La lucha por la defensa de las semillas

En la movilización global en defensa de las semillas ha sido central la “campaña por las semillas”, propuesta por La Vía Campesina desde el año 2003. En Argentina, si la modificación de la Ley de Semillas aún no pudo concretarse, fue debido a los activismos surgidos desde múltiples sectores de la sociedad, sobre todo organizaciones sociales, políticas y de la agricultura familiar, campesina e indígena; e, incluso, desde algunas posturas contradictorias al interior del Estado.

Un momento importante de la resistencia se dio con la conformación de la “Multisectorial contra la Ley Monsanto de semillas”, que destacó el rechazo a la propiedad intelectual en tanto “promueve la privatización y monopolización de nuestras semillas. Con estas regulaciones, las empresas transnacionales quieren apropiarse, incluso, de variedades ´descubiertas´, lo cual es un absurdo, porque toda variedad agrícola es obra humana. Así pretenden expropiar el trabajo ajeno y controlar las semillas campesinas”.

Carlos Vicente, quién fuera referente de la organización GRAIN y un gran luchador por el derecho de los y las campesinas a usar libremente las semillas, destacaba en 2019, durante una conferencia de prensa realizada en el marco de una jornada de protesta ante la aprobación del dictámen que intentaba avanzar en la modificación de la Ley de Semillas, que “lo único que han hecho es apropiarse de nuestras semillas y eso es apropiarse de nuestro derecho a la alimentación. Por eso sabemos que no lo vamos a permitir (…) Cuidando las semillas, multiplicándolas. Y luchando. Porque sin tierra, sin semillas y sin agua, no nos alimentamos. La soberanía alimentaria y las semillas como patrimonio de los pueblos, al servicio de la humanidad, son banderas que no vamos a bajar nunca”.

Un momento importante de la resistencia se dio con la conformación de la “Multisectorial contra la Ley Monsanto de semillas”, que destacó el rechazo a la propiedad intelectual en tanto “promueve la privatización y monopolización de nuestras semillas. Con estas regulaciones, las empresas transnacionales quieren apropiarse, incluso, de variedades ´descubiertas´, lo cual es un absurdo, porque toda variedad agrícola es obra humana. Así pretenden expropiar el trabajo ajeno y controlar las semillas campesinas”.

Hace poco se reglamentó la Ley de “Reparación histórica de la agricultura familiar para la construcción de una nueva ruralidad en la Argentina” (Ley N° 27.118), una iniciativa gubernamental que tomó un reclamo histórico de las organizaciones campesinas y que reconoce y defiende las semillas nativas y criollas.

Los derechos para cultivar, guardar, reproducir y usar semillas son un campo de batalla clave para determinar quién controla la alimentación y la agricultura. Lo que pase con ellas repercute directamente sobre los alimentos que consumimos, sobre sus precios y su calidad, pero también sobre la soberanía alimentaria y sobre quién decide qué se produce y qué se consume en el país.

Lo que está en juego es absolutamente vital. Se trata de un debate que va mucho más allá de una discusión legal o una disyuntiva técnico-productiva. En efecto, tiene que ver con discutir el modelo agrario y, por lo tanto, el proyecto de país.

Este artículo fue realizado con el apoyo de la Fundación New Field.

Por Tamara Perelmuter Youngerman para Agencia de Noticias Biodiversidadla –  tamiperelmuter@gmail.com

Ecoportal.net

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