Por reflexiones de un galeno

La Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón se opone a la implantación del pasaporte covid al entender que no se ha cumplido la obligación de someter la medida a ratificación judicial previa. Sobre todo teniendo en cuenta que afecta a varios derechos fundamentales.

Según el fiscal, al limitar derechos fundamentales y dirigirse a destinatarios no identificados individualmente, las medidas «no pueden desplegar efectos ni son aplicables por cuanto la autorización es condición de eficacia, de modo que requieren de la intervención y control jurisdiccional previo en garantía de los derechos fundamentales de sus destinatarios».

También dice que comporta per se «un perjuicio irreparable en la medida en que al no haber sido objeto de autorización judicial concurre en la vulneración de los derechos fundamentales recogidos en los artículos 14, 18.1 y 18.4 de la Constitución».

Por otra parte, señala que las medidas afectan «de forma indiscriminada» a toda la Comunidad, sin considerar la diferente incidencia de la pandemia sobre las distintas provincias, ciudades, comarcas o municipios. También censura su persistencia en vigor, «hasta que el Gobierno de España declare la finalización de la crisis sanitaria», según la Orden de Sanidad. «Tanto su ámbito espacial como temporal es, por consiguiente, relativamente extenso», apunta el fiscal.

Esta apreciación no es menor, ya que este mismo jueves, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía no ha avalado el pasaporte covid por no ceñirse a un marco temporal. Por otra parte, la Fiscalía incide en que la polémica Ley 3/2020 del Gobierno de Aragón «en absoluto puede ser entendida como un supuesto de legítima evasión a la normativa procesal estatal en materia contencioso-administrativa».

A su entender, actuar sin ratificación judicial previa «haría de peor condición a la ciudadanía residente o presente en Aragón respecto al resto de territorios del Estado español», dado que en otras regiones sería exigible en todo caso el control judicial previo mientras que la autoridad sanitaria aragonesa «podría eludirlo con tan solo entender a su juicio».

También aborda la Fiscalía la polémica sobre la capacidad de los Tribunales Superiores de Justicia de pronunciarse acerca de las restricciones sanitarias. A este respecto, dice que «existe fundamento constitucional» para que asuman la competencia que les ha sido atribuida por el artículo 10.8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Ahora será el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) quien tome la palabra. El Gobierno de Aragón ya presentó esta semana sus alegaciones, en las que recordaba que la pandemia no ha acabado, y que sus efectos podrían ser todavía importantes en cuanto al número de contagios y víctimas mortales.

El TSJA rechazó hace menos de una semana las cautelarísimas presentadas por la Asociación Provincial de Empresarios de Salas de Fiesta, Baile y Discotecas de Zaragoza. Tiene por resolver aún, no obstante, la adopción de medidas cautelares.

El Departamento de Sanidad impulsó el pasaporte covid para frenar los contagios de la séptima ola e incentivar la vacunación. Lo hizo en el ocio nocturno, grandes eventos y espectáculos, y no descarta ampliarlo próximamente a gimnasios, residencias y hospitales si la tendencia sigue al alza. Ya ayer, el director general de Salud Pública, Francisco Javier Falo, avisó de que el certificado había venido «para quedarse».

La última palabra, no obstante, la tendrá la Justicia. En caso de que el TSJA rechazase esta medida, el Ejecutivo tendría previsiblemente la posibilidad de recurrir al Supremo, como han tenido que hacer otras comunidades españolas. Esto es, precisamente, lo que quería evitar la DGA, que instó al Gobierno de Pedro Sánchez a crear una normativa nacional.

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