Por RT
El juez de la Corte Suprema Luis Barroso anuló todas las disposiciones de una ordenanza del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que prohibía a las compañías echar a los empleados por no estar inmunizados.
En Brasil, las empresas podrán recurrir, aunque como «última medida», al despido de sus trabajadores que no tengan certificados de vacunación contra el coronavirus.
Este viernes, el juez de la Corte Suprema Luis Barroso anuló todas las disposiciones de una ordenanza del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que prohibía a las compañías echar a los empleados por no estar inmunizados.
«El ministro Barroso suspendió la ordenanza del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social que prohíbe la exigencia de una prueba de vacunación para la contratación o el mantenimiento del empleo de los trabajadores. La orden judicial se dictó tras la solicitud presentada por los partidos políticos», reza una publicación del ente judicial en Twitter.
El magistrado consideró que exigir los documentos que verifican la inoculación «no constituye una discriminación», al igual que dictaminó que la presencia de una persona no vacunada en el lugar de trabajo representa «una amenaza para la salud de los demás«.
Sin embargo, la medida no se aplica a los individuos con contraindicaciones médicas, a los cuales se podrá ofrecer la alternativa de someterse periódicamente a pruebas de detección de la enfermedad.
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